Page 40 - MANUAL DE CONVIVENCIA
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Artículo 27. NOTAS ACLARATORIAS EN CUANTO A OTRAS SITUACIONES
1. En caso de fraude. Para determinar el fraude se inicia con la versión del maestro ante la Coordinadora
Académica y seguidamente se escucha la versión del estudiante. Se anulará la evaluación y/o trabajo,
se hará debida amonestación reflexiva, tendiente a mejorar, se registra en el formato de Seguimiento en
el Aula en la Plataforma Institucional.
2. Cuando un Padre de Familia y/o Acudiente se cite con carácter urgente, obligatorio y no se presente
oportunamente en el Colegio, se continúa por parte de la Institución el debido proceso que se le sigue al
estudiante, dejando evidencia escrita.
3. El estudiante que se le compruebe que hurto (reiterativo y comprobado) es causal suficiente para ser
remitido a Coordinación de Convivencia para su correspondiente análisis y deliberación y seguir el
cumplimiento del debido proceso.
4. El estudiante que le sorprenda promoviendo el consumo, elaborando, portando, expendiendo y
consumiendo sustancias alucinógenas o psicoactivas dentro y fuera de la Institución cumpliendo con una
actividad extracurricular, se informará a la autoridad competente y a sus Padres de Familia y/o Acudiente
en cumplimiento de la Ley 1098 de la Infancia y la Adolescencia.
5. Todo comportamiento que constituya o pueda constituir una conducta sancionada por el ordenamiento
penal, será puesta en conocimiento de las autoridades correspondientes para que se proceda de
conformidad Ley y a nivel institucional a la cancelación de la matrícula dada por resolución de Rectoría.
RESERVA DE RENOVACIÓN DE MATRÍCULA. Para el año siguiente, el Colegio estudiará la permanencia
del estudiante, ya que, al terminar cada año, finaliza el contrato de educación y es potestad del plantel
renovarlo o no.
DE LOS CASOS ESPECIALES TUTORÍAS EXTRAMUROS: Las monitorias extramuros son actividades
académicas y de formación que se aplican a estudiantes en condiciones especiales: de embarazo,
comportamentales o discapacidad física.
APLICACIÓN DE LAS TUTORÍAS EXTERNAS: En el evento de que una estudiante presente una condición
especial deberá informar a las Directivas y Docentes dentro de los diez días hábiles siguiente a su
conocimiento para que en este término se elabore un Plan de Apoyo Pedagógico y de esta manera continuar
con su actividad académica y formativa a través de monitorias extracurriculares. Debe cumplir con el plan de
apoyo asignado, trabajos, tareas, exigencias curriculares y académicas con sus evaluaciones de acuerdo al
plan de estudios, por cada período hasta finalizar el año escolar.